lunes, 23 de julio de 2012

LA REGULACIÓN DEL BIENESTAR EN EL TRANSPORTE ANIMAL



UNION EUROPEA : Actualmente los parlamentarios europeos están discutiendo la modificación del Reglamento 1/2005, sobre bienestar en el transporte de los animales.
En concreto, se está valorando modificar algunos de los requisitos que establece el citado Reglamento como es la duración de tiempo de transporte. Hay países que abogan por una reducción del tiempo de transporte para algunas especies animales.
En cambio, la Comisión Europea no es partidaria de modificar la normativa y apuesta por un mejor cumplimiento del actual Reglamento, en base al Informe que el mismo organismo publicó en noviembre del 2011: “Informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo sobre el impacto del Reglamento (CE)nº1/2005 del Consejo relativo a la protección de los animales durante el transporte“.
El objetivo de informe fue analizar la repercusión del Reglamento sobre el propio bienestar de los animales, sobre las relaciones comerciales, la incidencia socioeconómica y la aplicación de los sistemas de navegación.
Las conclusiones del Informe fueron:
- El Reglamento ha tenido efectos beneficiosos sobre el bienestar de los animales durante el transporte.
- La verificación del cumplimiento del Reglamento sigue siendo un reto, por falta de controles por parte de los Estados miembro en algunos casos, por la falta de calidad de los datos enviados por los Estados miembro en otros y también por falta de realización de suficientes controles.
- Parece que algunas partes del Reglamento no se ajustan plenamente a los actuales conocimientos científicos (según Dictamen de la EFSA)
- En cuanto al requisito que introdujo el Reglamento de que los vehículos homologados para viajes largos estuvieran equipados con un sistema de navegación, se observó que no se están explotando plenamente las posibilidades de reducción de las cargas administrativas o de mejora de los controles oficiales que ofrecen dichos sistemas.
- Según los datos disponibles, el Reglamento no ha tenido ningún impacto en el volumen de los intercambiosde animales vivos dentro de la Unión.
Según estas conclusiones, aunque el nivel de bienestar de los animales durante el transporte ha mejorado con la aplicación del Reglamento, aún es posible mejorar la situación. Tales mejoras podrían alcanzarse mediante diferentes acciones que se hallan dentro del ámbito del Reglamento, pero la Comisión no considera que una modificación del mismo sea el enfoque más apropiado para resolver los problemas detectados.
La Comisión sostiene que el mantenimiento de una situación jurídica permitirá a los Estados miembros centrarse en velar por su cumplimiento de una normativa estable.
Por lo que se refiere a las diferencias entre los requisitos de la legislación y las pruebas científicas disponibles, la Comisión estima que, por el momento, esto se trata mejor mediante la adopción de guías de buenas prácticas.
Puede consultar los requisitos del Reglamento 1/2005 en la Normativa Sectorial de Elika.

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