martes, 10 de julio de 2012

Advierten que no se puede comercializar banana proveniente de Brasil o Bolivia


La banana del Ecuador puede comercializarse libremente, no así la que proviene de la República Federativa de Brasil, ni tampoco la de Bolivia porque no cumplen con los requisitos fitosanitarios vigentes. El Defensor del Pueblo, pidió a las cadenas de supermercados locales, de otras jurisdicciones y extranjeros, que adquieran frutas a los productores formoseños que, con ello garantizaran a los consumidores, calidad y mejores precios.
En virtud de reclamos interpuestos en los primeros días del mes de junio de este año por productores bananeros de nuestra provincia, ante la Defensoría del Pueblo y quienes denunciaron verse perjudicados por la oferta en el mercado local de bananas procedentes de otros países y que se comercializarían en forma indiscriminada sin un control aparente, el Organismo de la Constitución, concreto las gestiones
correspondientes, mediante una Actuación formal dirigida a la Coordinadora General del Centro Regional Chaco – Formosa del SENASA a cargo de la Sra. Sandra Ronco.
El Ombudsman Provincial, Leonardo Gialluca, puso en conocimiento que la Ing. Agrónoma Sandra Ronco ilustró fundadamente la actual situación sobre las condiciones y comercialización de las bananas de procedencia extranjera en nuestra Provincia.
Gialluca consideró, que la intervención de la Defensoría del Pueblo, en este caso fue autorizada en defensa de los derechos Sociales, Económicos y Políticos que tienen nuestros productores, en consecuencia la zona productora de bananas en el País, está libre actualmente de enfermedades causadas por Micosphaerella fijiensis (Sigatoka negra), Pseudonomas solanacearum y Satachilydium theobramae, cuarentenarias para Argentina.
El informe del SENASA, aclara que esta fruta que ingresa desde otros países productores está regulada por normativas que protegen el estatus fitosanitario de la Región y el Pais. En este sentido la Resolución ex SAGyP 99/94, prohíbe el ingreso al NOA de bananas (Musa spp) que no cumplan con los
requisitos fitosanitarios especificados, lo cual afecta el ingreso de Bolivia.
De igual manera la Resolución SENASA 520/05 extiende esta exigencia a las provincias de Formosa y Misiones. La norma antes citada fue ratificada por la Resolución SAGPyA 823/2006.
Frente a esta situación, el Organismo de la Constitución, aclaro que en nuestra provincia como en el resto del país se puede comercializar banana de origen ecuatoriana dado que la misma proviene de lugares libres de Micosphaerella fijiensis (Sigatoka negra), Pseudonomas solanacearum y Satachilydium theobramae, conforme Resolución 99/94.
El Defensor del Pueblo afirmo también que lo que no se puede comercializar son las bananas provenientes de la República Federativa de Brasil ni tampoco las de Bolivia, debido a que las mismas no cumplen con el requerimiento fitosanitario vigente. Por todo ello entendemos que nuestros productores y consumidores, extremos de la cadena de comercialización de esta fruta, se encuentran debidamente amparados
por las Áreas competentes, en todo lo relativo a este tema y que también se relaciona con las importantes medidas que tomara el Gobierno Provincial a través del Ministerio de la Producción y Ambiente, de renovar el Fondo Compensador con el cual se acompaña a la producción bananera local, para mejorar los precios de
la fruta y pidió a las Cadenas de Supermercados de la provincia tanto locales como de capitales foráneos, a que adquieran productos de la zona, pues los mismos, nos garantizan a todos los consumidores, no solamente seguridad alimentaria, sino también calidad y mejores precios.

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